Bogotá, 5 de abril de 2025. En un hito sin precedentes para la democracia colombiana y la participación política de las mujeres, el presidente Gustavo Petro sancionó la Ley para la Prevención, Atención, Rechazo y Sanción de la Violencia contra las Mujeres en Política, una normativa que reconoce de manera integral las múltiples formas de agresión que enfrentan las mujeres en el ejercicio de sus derechos políticos.
Esta Ley —compuesta por 31 artículos— define por primera vez en el ordenamiento jurídico colombiano la violencia política por razones de género, incluyendo manifestaciones físicas, sexuales, psicológicas, morales, económicas, digitales y simbólicas. Su objetivo central es garantizar condiciones de igualdad, seguridad y respeto para que las mujeres puedan participar plenamente en la vida política del país.
La sanción presidencial se da después de cuatro debates en el Congreso y de 20 meses de control constitucional por parte de la Corte Constitucional, lo que evidencia la rigurosidad del proceso legislativo y la trascendencia de la norma en el fortalecimiento del Estado de derecho y la democracia.
Entre las principales novedades de esta normativa, destaca la tipificación de la violencia digital, es decir, aquella ejercida a través de redes sociales, plataformas digitales y otros entornos virtuales, que afecta de forma desproporcionada a las mujeres en política.
La Ley también establece obligaciones claras para diferentes entidades del Estado. El Ministerio del Interior, en coordinación con el Ministerio de la Igualdad, deberá liderar la formulación de políticas públicas en esta materia. Por su parte, el Consejo Nacional Electoral y la Registraduría Nacional deberán promover medidas de prevención y vigilancia durante los procesos electorales.
Asimismo, se exige a los partidos y movimientos políticos reformar sus estatutos para incorporar mecanismos internos de prevención, atención y sanción de estas violencias. Las corporaciones públicas de elección popular deberán establecer reglamentos que garanticen debates democráticos libres de violencia de género y mecanismos de atención a víctimas.
La Procuraduría General de la Nación, la Defensoría del Pueblo y las Personerías Municipales serán responsables de brindar acompañamiento jurídico, y la Procuraduría deberá actuar con especial diligencia frente a faltas disciplinarias.
Además, se prohíbe la propaganda electoral que reproduzca discursos de odio o violencia por razones de género, tanto en espacios físicos como digitales.
Finalmente, se establecen garantías de protección y reparación integral para las víctimas, así como sanciones de tipo ético, electoral, disciplinario y penal para los responsables.
“Esta ley es una conquista histórica de las mujeres y un paso fundamental para garantizar una democracia libre de violencias ¡Por fin! contamos con un mecanismo y una herramienta para garantizar nuestros derechos y hacer política en igualdad y sin miedo; que esté dentro del ordenamiento jurídico colombiano, sea de obligatorio cumplimiento para los partidos, corporaciones e instituciones. Hoy, con esta ley, el Estado colombiano empieza a saldar una deuda con la igualdad”, afirmó la senadora y autora de la iniciativa, María José Pizarro.